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Reforma a la Ley Aduanera – Nuevas disposiciones aplicables a importadores y exportadores

  • 16 feb
  • 2 Min. de lectura

Boletín Informativo


Estimados clientes:


Con relación al Boletín No. 030-2025, enviado el 20 de noviembre de 2026, les recordamos que previo al pago del pedimento es indispensable contar con la documentación completa del embarque, a fin de evitar retrasos en el despacho.


A partir de su entrada en vigor (1° de enero de 2026), será obligatorio contar con lo

siguiente:


previo al pago del pedimento:

  • Cuentas aduaneras de garantía (cuando apliquen)

  • Comprobantes fiscales digitales (CFDI)

  • Facturas comerciales o documentos equivalentes

  • Comprobantes de gastos de transporte, seguros y servicios conexos

  • Manifestación de Valor

  • Hoja de cálculo de integración de valor

  • Contrato de compraventa (cuando los pagos se realicen en parcialidades) o, en su caso, que las facturas incluyan los datos bancarios del proveedor y condiciones de pago, coincidiendo al 100% con los comprobantes de pag y/u órdenes de compra

  • Comprobante de pago (transferencia) o carta de crédito:

  • Si la transferencia se realizó desde una cuenta en dólares a nombre del importador, deberá proporcionarse el estado de cuenta completo con el CFDI y reflejar el pago total de la factura.

  • Si se utilizó una institución financiera intermediaria (ej. CI Banco, Monex), se deberá presentar la factura que emite dicha institución con su CFDI, así como el respaldo de la transferencia y su vinculación directa con la factura pagada.

  • Documentos que sustenten conceptos incrementables conforme al artículo 65 de la Ley

  • Cualquier otro documento o registro que las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) indiquen para demostrar la materialidad y existencia real de la operación

  • Registro y conservación electrónica de toda la documentación durante el plazo legal establecido


Además, el importador/exportador deberá:


  • Mantener un control de inventarios actualizado

Tener activo y al día el Buzón Tributario, ya que será el canal principal de comunicación con la autoridad aduanera y fiscal.



Recomendación final.


Dada la magnitud e impacto de estas reformas, les invitamos a fortalecer sus procesos internos, documentales y de control, adoptando un enfoque preventivo y de cumplimiento integral.


En Corporativo Aduanero GSL, reafirmamos nuestro compromiso con el cumplimiento normativo, acompañándolos en la integración documental, revisión de requisitos y soporte operativo de cada uno de sus despachos. Nuestro equipo está listo para brindar orientación puntual ante cualquier duda o escenario específico.


Atentamente,

Corporativo Aduanero GSL


Información de Contacto:

✆ 3141227082


Teléfonos:

(314) 33 4 29 73 / 13 8 18 63

(314) 13 8 45 28 / 13 8 18 59



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